Departamento de Comunicación
11/10/2017
El Código de Trabajo estipula que, en caso de despido, el empleador deberá excusar al empleado en cuestión del trabajo por al menos la mitad del período de notificación. Cualquier fracción de un día se aplicará como un día completo. La exención del trabajo se asignará en no más de dos partes, a discreción del empleado. Durante el período de excusa de sus deberes, el empleado tendrá derecho a un pago en ausencia, excepto si no sería elegible para cualquier salario de lo contrario.
Al mismo tiempo, en muchos casos, después del evento que da una razón para la terminación del empleo, el empleador excusa al empleado de sus obligaciones laborales durante toda la duración del período de notificación. En general, la razón es que el empleador perdió su confianza en el empleado o simplemente no desea que el empleado, sin motivación, siga trabajando para la parte restante del período de notificación. Veamos qué establece la ley para este período.
Los empleados tienen derecho a vacaciones anuales pagas según el tiempo que pasen en el trabajo, que comprende el tiempo de vacaciones concedido y el tiempo extra de vacaciones. El tiempo dedicado al trabajo incluirá cualquier duración de la exención del trabajo según lo programado; cualquier duración de la licencia pagada; cualquier duración de la licencia de maternidad; los primeros seis meses de licencia sin goce de sueldo por cuidar a un niño (Sección 128); cualquier duración de la incapacidad para trabajar; cualquier duración de la licencia tomada hasta tres meses a los fines del servicio militar de reserva voluntaria real; y la duración de la exención del trabajo especificada en los Párrafos b) -k) de la Subsección (1) de la Sección 55. Por lo tanto, es obvio que las vacaciones se concederán por tales duraciones cuando el empleado no gaste en el trabajo, por lo tanto las vacaciones deben Se otorgará por la duración de la incapacidad laboral, así como también por la duración de las vacaciones.
Como se mencionó anteriormente, varios empleadores argumentaron que el alta voluntaria por otra mitad de la duración de la aprobación de la gestión no está obligada por la ley, por lo que no se le conceden vacaciones. Hemos resaltado la mala interpretación de la ley en muchos análisis y nuestra posición también fue confirmada por el No. Mfv. II.10.053 / 2017/4. de la Corte Suprema. En opinión del Tribunal, no tiene importancia si el empleador trabaja solo durante parte del período de notificación. Como el despido del empleado bajo empleo siempre se considerará como completado conforme a la ley.
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