Departamento de Comunicación
11/10/2017
La definición de conflicto laboral será enmendada a partir del próximo año. Las acciones derivadas del Código del Trabajo, de la Ley sobre el Estatuto Jurídico de los Funcionarios Públicos, de la relación de servicio, de la relación de servicio público, del contrato de trabajo celebrado en virtud de la Ley del Deporte, Ley de Educación Superior y de relaciones jurídicas dirigidas a desempeñar el trabajo de los miembros establecidos con las cooperativas. Las reglas para calcular el monto en disputa también experimentarán cambios significativos. Si el establecimiento, la existencia, la terminación del empleo se impugnan en un conflicto laboral y se solicita la reinstalación, se tendrá en cuenta el pago de un año de ausencia como valor de la reclamación ejecutada por la acción u otros derechos, cantidad que realmente se puede establecer. Sin embargo, si el objeto de la acción es una reclamación pecuniaria, se considerará el importe de la reclamación pecuniaria. Si la reclamación se pierde el salario, un máximo de su monto de un año se tendrá en cuenta como el valor de la demanda ejecutada por la acción.
Se ampliarán las normas de competencia. En caso de litigio, el año próximo, en lugar del tribunal competente en general, que se basa en la ubicación del empleador, el trabajador podrá también interponer recurso ante el órgano jurisdiccional competente cuando el demandado tenga su domicilio o, si el demandado tiene su residencia habitual. Además, en los conflictos laborales, en lugar del tribunal competente del demandado en general, el empleado del demandante también puede interponer una acción ante el tribunal donde el empleado está o ha estado empleado durante mucho tiempo.
A partir del próximo año, también habrá cambios significativos en las reglas de evidencia. En los conflictos laborales, el empleador deberá probar el contenido de los convenios colectivos, las políticas internas, las instrucciones y otros documentos relacionados con el empleo, la corrección de los cálculos en relación con las indemnizaciones solicitadas, en caso de disputa y el pago de las indemnizaciones en caso de conflicto salarial.
Por último, el importe de la reclamación se especificará en detalles, así como la revisión por el Tribunal Supremo estará disponible reducido. Para compensar esto, al mismo tiempo, la Corte tendrá poder discrecional para conocer de los casos de apelación.
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